A pesar de ser uno de los temas más controvertidos cuando se habla de destinos vacacionales, la tasa turística de Barcelona es algo a lo que tenemos que estar acostumbrados. Una medida que llegó a Cataluña en 2012 y sigue en vigor.
Cualquier inmueble de alquiler vacacional debe aplicar esta tasa en sus tarifas para liquidarlo posteriormente al ente público. Vamos a contarte un poco más sobre este impuesto para que no te quede ninguna duda, tanto si eres turista como si eres propietario.
Tabla de contenidos
La tasa turística en Cataluña
Primero de todo, hay que entender por qué Barcelona tiene una tasa turística, y es porqué actualmente, la comunidad autónoma de Cataluña tiene un impuesto para todas las estancias turísticas en el territorio.
Estas cuotas varían según el tipo de alojamiento en el que nos encontremos y su localización, pues es diferente en Barcelona que en el resto de Cataluña. De forma oficial, se le conoce como Impuesto sobre las Estancias en Establecimientos Turísticos (IEET).
¿Qué es la tasa turística de Barcelona?
La tasa turística de Barcelona, es un impuesto que recae sobre las estancias en alojamientos turísticos exclusivamente en la ciudad de Barcelona. Dependiendo del tipo de alojamiento, el Ayuntamiento ha establecido un suplemento u otro.
Este impuesto se limita a un máximo de siete días por persona, siempre que sea dentro de un mismo alojamiento y de manera continua.
Los menores de 16 años estarán exentos de abonar este impuesto.
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¿Cuánto hay que pagar de tasa turística en Barcelona?
Desde el 1 de abril de 2024, la tasa turística en Barcelona adoptó las siguientes tarifas:
Tipo de establecimiento | Tarifa General de Cataluña | Recargo de Ayuntamiento de Barcelona | Tarifa Total (persona y noche) |
Hotel de 5 estrellas, camping de lujo o similar (EB1) | 3,50€ | 3,25€ | 6,75€ |
Hotel de 4 estrellas o similar (EB2) | 1,70€ | 3,25€ | 4,95€ |
Resto de establecimientos (EB3) | 1,00€ | 3,25€ | 4.25€ |
Vivienda de uso turístico (EB4) | 2,25€ | 3,25€ | 5,50€ |
Embarcación crucero +12h (CR1) | 2,00€ | 3,25€ | 5,25€ |
Embarcación crucero -12h (CR2) | 3,00€ | 3,25€ | 6,25€ |
Fuente: GENCAT
A partir del 1 de Abril de 2024, el Recargo de Ayuntamiento de Barcelona es de 3,25€.
¿Quién paga la tasa turística?
Dentro del precio final que se les cobra a los huéspedes, debe aparecer la tasa turística. Esta, debe aparecer de manera clara y diferenciada en la factura. Ahí se indica, por separado, el coste del propio servicio y el importe de la tasa, indicando los días o fracciones a los que se ajusta y el tipo de impuesto aplicado.
¿Cómo y cuándo liquidar la tasa turística con la administración?
La tasa turística de Barcelona o de cualquier localidad catalana debe liquidarse frente a la Agència Tributària de Catalunya de manera telemática. La temporalidad de estas liquidaciones es semestral, y en cada una de las ventanas tendrás 20 días para completar el trámite.
La tasa turística recae sobre clientes y huéspedes, pero, en última instancia, depende del hostelero cumplir con la normativa y presentar las liquidaciones correspondientes.
Esperamos haber respondido a tus preguntas sobre la Tasa Turística en Barcelona de 2024, si tienes cualquier duda o pregunta, en ShBarcelona te ayudamos a resolverlas.
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