El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), institución regulada por el Ministerio de Hacienda, ha anulado el recargo del IBI que pesaba sobre los Alojamientos Turísticos de Barcelona.
Esto supone que los/as propietarios/as podrán reclamar el IBI (con los intereses de demora devengados) pagado desde 2018 hasta la actualidad.
En 2018 el Ayuntamiento de Barcelona obligó a que estos alojamientos se registraran en el catastro como uso de “ocio y hostelería”. Ahora, la resolución determina que deben volver a ser de uso “residencial”.
Por eso, la Dirección Regional del Catastro de Cataluña (DRC) ha procedido a hacer las modificaciones oportunas y notificará a los/as propietarios/as de los alojamientos turísticos afectados/as.
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